RESPUESTA DEL FRENTE AMPLIO AL COMUNICADO EMITIDO POR EL PARTIDO NACIONAL

Estimados vecinos de Río Negro,

En respuesta al comunicado de la Comisión Departamental del

Partido Nacional de Río Negro, de fecha 22/08/25 se debe aclarar que

el Art.77 de la Constitución de la República se aplica exclusivamente a

funcionarios policiales en actividad.

El inciso 4to. del art. 77 de la Constitución, que establece la

prohibición de realizar actos de carácter político para los funcionarios

policiales, lo hace bajo la pena de destitución.

Esta sanción, solo puede aplicarse a una persona que mantiene una

relación laboral activa como FUNCIONARIO POLICIAL.

Una vez que el funcionario se ha jubilado, esta relación cesa, por lo

que las restricciones impuestas por la normativa ya no son aplicables.

El status de «jubilado» implica que el individuo ya no está en el

ejercicio de la función pública POLICIAL, y, por ende, no está sujeto a

las obligaciones y prohibiciones inherentes a los funcionarios

policiales en actividad.

La prohibición se funda en la naturaleza de la función pública policial,

que exige absoluta neutralidad para mantener la confianza de la

ciudadanía.

Al dejar de ser un funcionario policial activo, el individuo recupera su

plena libertad de acción política, como cualquier otro ciudadano.

La nota del Partido Nacional hace una interpretación errónea del

alcance del Art. 77, ya que ignora la condición de «en actividad» que la

norma exige.

Esa errónea interpretación del art. 77 puede constituir una limitación

injustificada de los derechos políticos de un ciudadano, que solo

puede estar restringido por su condición de funcionario policial activo.Por lo tanto, cualquier acción que se intente realizar en base a este

comunicado carecerá de fundamento jurídico e injustamente atacara

a un ciudadano que no cometió falta alguna.

El funcionario, al estar jubilado, no está sujeto a las restricciones

mencionadas en la Constitución.

Resulta interesante que, en su expresado celo por la defensa de la

República, la Comisión Departamental del Partido Nacional de Río

Negro no haya reparado en la letra de la misma Constitución que

pretenden proteger, demostrando que siempre es prudente releer la

norma antes de emitir un juicio público que pone en tela de juicio la

conducta de un funcionario o ciudadano que libremente ejerce sus

derechos.

Fray Bentos, 22 de agosto de 2025

Mesa Política Departamental del Frente Amplio.

LA TAREA DE IMPARTIR JUSTICIA

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