Este mes de noviembre se sacudirá el ambiente judicial en Fray Bentos ya que se realizarán las audiencias por el “caso Roslik”. El fiscal Ricardo Perciballe presentará testimonios de víctimas, de peritos y pruebas documentales sobre lo sucedido en los “operativos militares” contra los habitantes de San Javier entre 1980 y 1984.
Así es, desde el lunes 3 al jueves 6 y del 26 al 28 de noviembre se llevará a cabo el juicio oral y público en el Juzgado letrado de Primer Turno de Fray Bentos por la causa San Javier a cargo del juez, doctor Claudio De León.
El fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, consultado por EL ECO brindó detalles sobre el desarrollo del juicio oral y público por la causa San Javier, que investiga los operativos de tortura de 1980 y 1984. Perciballe enfatizó la centralidad del testimonio de las víctimas, respaldado por una vasta prueba pericial y documental.
Diversos testimonios de peritos y de víctimas, darán pruebas y testimonios de lo que vivieron en la década de 1980 en el pueblo de San Javier. Allí, pegados a ellos, estarán los militares responsables de las detenciones, vejaciones y muerte, como el caso del médico Vladimir Roslik.
Inicio y Desarrollo del Proceso
Detallando el orden de las audiencias, explicó: “en principio declaran los peritos, luego se ingresa la prueba documental, que se le da lectura por parte de la fiscalía y finalizan los testigos que son víctimas directas o indirectas de lo acontecido. Eso es el desarrollo del proceso en sí”.
La prueba aportada por la Fiscalía
El fiscal Ricardo Perciballe indicó que el peso probatorio recae casi totalmente en el equipo a su cargo, que solicitó alrededor de setenta pruebas: “Las pruebas fueron todas solicitadas por la fiscalía. Alrededor de setenta pruebas que la fiscalía entendió pertinente diligenciar en el juicio y ellas son las que se van a traducir… el centro o el seno de la prueba es la aportada por la fiscalía”.
Aunque reconoció la relevancia de la prueba documental, Perciballe fue contundente sobre el elemento central de la causa:
“El testimonio de la víctima es lo más relevante, es lo que nosotros le tomamos, tomamos más en consideración, pero con ello entendemos que no alcanza. Por eso es que nosotros a eso le aportamos todo lo que es la prueba pericial, este, que en este caso se basa en peritos historiadores, en peritos médicos, en peritos calígrafos”.
Documentación y Legajos de Imputados
En cuanto a la prueba documental, el fiscal destacó la importancia de los expedientes militares y los legajos personales de los acusados para establecer responsabilidades:
“Nosotros relevamos también los legajos personales de las personas, que esas son muy importantes, de los imputados; los legajos nos dan una pauta de que las personas efectivamente en el tiempo que nosotros estamos investigando estaban en el lugar y muchas veces también lo que dice es la función que cumplían, que la función que cumplían está absolutamente relacionada con su responsabilidad”.
Añadió que se incorporarán fichas patronímicas y memorándum de la Dirección de Información e Inteligencia, “porque San Javier estaba sometido a todo un trabajo de inteligencia previo”.
La relevancia del perito médico forense
Perciballe subrayó la trascendencia del testimonio del profesor y doctor Hugo Rodríguez Armada, Grado 5 en Medicina Forense: “Los asesores son sumamente importantes, primero que nada porque son profesionales del más alto nivel”.
Rodríguez Armada es la persona que permanentemente está consultada por los distintos del juzgado, de los distintos juzgados del país en estas causas y en causas comunes, civiles y penales.
Explicó que su pericia es vital para la imputación de lesiones graves: “El doctor detalla, a través de mucha bibliografía y de trabajos que ha realizado, el tipo de lesiones que se provocan cuando a una persona la someten a torturas como el submarino, los plantones, las golpizas, la picana eléctrica, los colgamientos, que esto, todo sucedió en estos eventos… y el, la pericia lo que nos permite es imputar las lesiones graves”.
Finalmente, destacó la importancia de un informe sobre el caso de Vladimir Roslik para probar la capacidad letal de las torturas: “Si bien nosotros no podemos imputar esta muerte, lo que sí prueba esto es que las lesiones, o sea, las torturas que se le aplicaban a las personas, podía derivar en la muerte y efectivamente en el caso de Vladimir Roslik sucedió así”.
Dos testimonios de mujeres.
María Cristina Zabalkin (Mary) y Susana Zanoniani, viuda de Vladimir Roslik y maestra detenida – torturada, respectivamente, darán su testimonio. Peguntado por qué fueron convocadas, el doctor Perciballe señaló que Zabalkin “va a poder relatar cuándo se llevaron detenidos a Roslik en el año ochenta y en el ochenta y cuatro, quiénes participaron de eso y después podrá contar todo lo que le sucedió en la vida como consecuencia de esos trágicos acontecimientos. Vaya si será importante su testimonio”.
Y la maestra Zanoniani porque forma parte del grupo de sanjaverinos “declaran todas las personas que fueron víctimas en el ochenta y en el ochenta y cuatro, que están vivas o en condiciones de declarar y también algunos familiares que dan cuenta de las detenciones y dan cuenta de todo lo que fue el proceso que tuvieron que vivir como consecuencia de las detenciones”.
También dará su testimonio Sergio Oneto que fue detenido y torturado cuando era menor de edad, “estuvo cuatro días detenido y va a declarar, primero por su situación y segundo porque en algunos casos es médico de alguno de los de las víctimas”.
Después de los testimonios.
Cuando finalicen los testimonios, los últimos testimonios de las víctimas, el juicio continúa con los alegatos de clausura por parte de la fiscalía y también posteriormente los alegatos de clausura de las defensas y ahí ya la causa queda para resolución. Ahí ya pasa para la parte de condena. Ahí el juez, se tomará su tiempo y ahí va a emitir la condena de primera instancia, que después va ser seguramente motivo de recursos por parte de la defensa de los militares y actuarán el Tribunal de Apelaciones y eventualmente la Suprema Corte de justicia.
Causa San Javier.
Habrá nuevas pruebas documentales y testimonios de las víctimas.
Desde el próximo lunes 3 al jueves 6 de noviembre en esta cusa se agregarán pruebas documentales, habrá nuevos testimonios de peritos y darán sus tetimonios las víctimas de aquellos operativo militares que asolaron al pueblo de San Javier en los años 1980 y 1984.
Día 3/11/2025
Hora 10
Alegatos de apertura de las partes.
Hora 13.30
a) Incorporación del informe final de la Comisión para la Paz.
b) Declaración de la Lic. Fabiana Larrobla o Prof. Alvaro Rico (incorporación prueba documental N° 2, 3 y 4).
c) Declaración de Virginia Martínez (incorporación prueba documental N° 5 y 6).
d) Incorporación mediante exhibición y lectura de prueba documental N° 7, 8 y 9).
Día 4/11/2025
Hora 10
a) Introducción mediante exhibición y lectura de fichas patronímicas — prueba documental N° 12 a 26
b) Incorporación mediante exhibición y lectura del acta del tribual de honor del ex-Capitán Beltrán Rosadilla y legajo personal del mismo.
Hora 13.30
c) Declaración de Sofía Pi o María José Ventimiglia (incorporación prueba documental N° 10 y 11).
d) Declaración del Esc. Ricardo Mujica (introducción prueba documental N’ 27), la que se recibirá por medios telemáticos, cometiendo a la Oficina Actuaria su implementación.
e) Declaración de Brenda Falero (introducción prueba documental N° 27).
f) Introducción mediante exhibición y lectura de legajos personales de los imputados (prueba documental No 30).
Día 5/11/2025
Hora 10
a) Introducción mediante ehibición y lectura de la prueba traslada N° 1 al 47.
Hora 13:30:
b) Declaración del Perito Caligrafío Dr. Carlos Peña Racheti
c) Declaración del Perito Prof. Dr. Hugo Rodríguez Almada, o la Prof. Agda Dra. Natalia Basan, o Prof. Adj. Dra. Frances Borches, y/o Prof. Adj. Rafael Roó, o Prof. Adj. Dra. Sylvia Gamero, o Prof. Fernanda Lozano.
d) En caso de no ser posible diligenciar toda la prueba trasladada en horas de la mañana, se continuará con la prueba no diligenciada
Día 6/11/2025
Hora 10:00:
a) Declaración anticipada de Hugo Ademar González Sierra.
b) Declaración anticipada de Román Klivsov Luchilin.
Hora 13:30:
c) Declaración de Dr. Daniel E. Marrero Rodríguez.
d) Declaración de María Cristina Zabalkin.
e) Declaración de Victor Eduardo Makarov Slajus.
Día 7/11/2025
Hora 10:00:
a) Declaración de Aníbal Lapunov Verichcov.
b) Declaración de Ricardo Bozcinski Schevzov.
Hora 13:30:
c) Declaración de Susana Zanoniani, la que se recibirá por medios telemáticos en la OPEC, cometiendo a la Oficina Actuaría su implementación.
d) Declaración de Lila Radionov Cochubey.
e) Declaración de Sergio Gustavo Onetto Medina.
Los militares que estarán presentes.
En las audiencias de la próxima semana, estarán presentes los militares que hace dos años atrás, en octubre de 2023, la jueza Selva Siri Tove en una audiencia histórica dispuso las medidas cautelares contra ellos:
Oscar Mario Rocca Baraldi, Sergio Héctor Caubarrere Barrón, y Abel Edison Pérez Cirilo “como presuntos autores penalmente responsables de reiterados delitos de privación de libertad, en reiteración real con reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, y los anteriores en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de privación de libertad en calidad de coautores”.
Roberto Ramírez Ascarate y Jorge Ricardo Solovy Feris “como presuntos coautores penalmente responsables de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, y éstos en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves, y los anteriores en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de privación de libertad”.
Daniel Edgardo Castellá Lorenzo, Rodolfo Gustavo Costas Bentancour, Luis Pedro Estebenet Stasiak, “como presuntos autores penalmente responsables de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, y éstos en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves, y los anteriores en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de privación de libertad en calidad de coautores”.
Eduardo Saiz Pedrini (médico que administraba as torturas), “como presunto coautor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos, y éstos en concurso formal con reiterados delitos de lesiones graves, y los anteriores en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de privación de libertad”.
Fuerte El Eco Digital. Escrito por Daniel Roselli.





























