En esta jornada se desarrolló la audiencia final donde 3 trabajadores que habían iniciado juicio a la intendencia de Río Negro por los ceses de contratos hechos el 11 de julio, cuando la administración del Frente Amplio asumio el gobierno departamental y consideró que había 30 personas que eran personal de confianza.
El hecho fue una de las primeras polémicas, ya que estas personas tenían en algún caso contrato vigente por hasta 8 meses y otros menos, pero se decidió rescindir los vínculos por considerar que eran cargos de confianza.
De ese grupo hubo 3 trabajadores que iniciaron trámite judicial, y finalmente la sentencia en 1a instancia estableció que la intendencia de Río Negro deberá abonar el lucro cesante derivado de la extinción anticipada de los vínculos contractuales qué los unian, desde la fecha de cese (11 de julio de 2025) hasta la fecha de finalización que en estos 3 casos era el 25 de marzo de 2026.
Esta sentencia es en primera instancia y por consiguiente puede apelarse. El Dr. Fernando Doti abogado de estas personas confirmó que el fallo fue en primera instancia y no quiso realizar declaraciones por el momento considerando que la comuna está en derecho de apelar y por consiguiente la sentencia no está firme.
Recordemos que esto derivó en un llamado a sala propuesto por la edil del Partido Nacional Nancy Paraduja que pidió las explicaciones del caso, instancia que se cumplió en noviembre del año pasado.
En relación con los ceses de funciones de confianza, el prosecretario de la intendencia de Río Negro Álvaro Debali en dicho llamado indicó que habían sido 30 las desvinculaciones correspondientes a cargos políticos o funciones de confianza, tal como lo establece la normativa vigente. El intendente Guillermo Levratto en ese momento catalogó los contratos como «ilegítimos» por la naturaleza de ser cargos de confianza. También en la ocasión el secretario general Walter Cardozo habia manifestado que “todos esos puestos fueron designaciones políticas y, por tanto, cesan al finalizar el período de gobierno”.
Esta resolución judicial abre la expectativa y sienta un precedente para las otras acciones que están en curso o puedan realizarse.




























